Legislación alimentaria.
La normativa estatal con respecto a los manipuladores de alimentos ha cambiado bastante en los últimos años.
El cambio más importante establece que corresponde a la empresa que contrata al manipulador de alimentos supervisar su formación, es decir, la empresa que contrata al manipulador debe asegurarse que su formación sea la correcta. También se establece que es responsabilidad de las empresas de alimentación la higiene de sus instalaciones y de sus productos alimenticios y la puesta en práctica de sistemas de control adecuados de acuerdo con los sistemas de Análisis y Control de Puntos Críticos (APPCC).
Esta nueva norma se indica en el REAL DECRETO 109/ 2010, del 5 de Febrero, así mismo, en Diciembre de 2014 entró en vigor el Reglamento europeo 852/2004 sobre la lista de ingredientes que se deben indicar obligatoriamente en la etiqueta de los alimentos mediante una referencia clara al nombre del ingrediente, porque pueden dar lugar a reacciones adversas en personas sensibles.